LA RUEDA: Comunicación Popular
Visitas:
contador de visitas
El tiempo - Tutiempo.net
April 19, 2024, 0:49:16

POLITICA

03 - Feb -2021 - 10:06

EL JUEZ BUSTOS FIERRO, CON UN CURRICULUM VITAE PARA HACERLE UN GUIÑO A CLARIN

EL JUEZ BUSTOS FIERRO, CON UN CURRICULUM VITAE PARA HACERLE UN GUIÑO A CLARIN

María Vázquez Falcó
mariafalco.bsas@gmail.com

Facebook Twiter

A partir de la presentación realizada por la empresa TV Cable Color S.A., el juez Federal Ricardo Bustos Fierro, de la ciudad de Córdoba, admitió la medida cautelar que pone en jaque al DNU 690/20 que, por intermedio del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), declara servicios públicos esenciales y además regula los valores de las prestaciones de internet, televisión por cable y telefonía móvil. El fallo alcanza únicamente a la empresa accionante, ubicada en la localidad Villa del Rosario y ordena al Poder Ejecutivo Nacional y al Enacom, a "abstenerse de emitir acto alguno" en el marco del DNU 690/20 "hasta tanto se dicte sentencia definitiva". El magistrado consideró que "al declarar una actividad como servicio público, se sustrae a ésta del régimen de competencia y se la involucra en un régimen jurídico que depende de la exclusiva titularidad del Estado... No cabe duda que de este modo se limita el ejercicio del derecho constitucional de ejercer industria lícita, limitación que requiere el dictado de una ley formal emitida por el Congreso de la Nación, no pudiendo serlo por acto administrativo alguno". Los dirigentes de la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC), mediante un comunicado, se manifestaron conformes con la resolución judicial y afirmaron que "la situación de nuestra industria empeoró con el dictado de la Resolución 1466 de diciembre pasado, que únicamente autorizó un aumentos entre el 5% y el 8%". Y agregan: "La intervención estatal y el consecuente atraso en los precios, sumado al significativo aumento de los costos, muchos de ellos dolarizados, implican una disminución muy significativa de la generación de ingresos". De esta manera, el holding de Clarín obtiene el primer guiño por parte de la justicia. El vicepresidente del Enacom, Gustavo López, afirmó: "Lo que dice el comunicado de la ATVC es falso porque, por un lado, es solo una empresa de cable que no presta otro servicio; segundo, el amparo solo es para quien lo presenta y no tiene efecto sobre los demás; y tercero, el fallo es un disparate porque además declara inconstitucional la Ley 26.854". Pero, ¿quién es Ricardo Bustos Fierro?. Irrumpió en la escena política cuando el hoy ex presidente Carlos Menem intentaba un tercer mandato consecutivo e inconstitucional. Bustos Fierro levantó el pulgar en relación a las telecomunicaciones y en 1997 emitió el primer fallo favorable autorizando caso autorizó a una empresa privada a aumentar las tarifas a los usuarios. Ese año, la decisión judicial llegó pese a dos fallos, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que lo suspendían; pero Bustos Fierro declaró la "plena constitucionalidad" del llamado "rebalanceo telefónico", que posibilitaba a las operadoras privadas del servicio modificar sus tarifas según un complejo esquema que impactaba directamente en los bolsillos de lxs argentinxs. La medida era respaldada por Menem y por su entonces secretario de Comunicaciones, Germán Kammerath. Bustos Fierro fue más lejos. Al tener competencia electoral en su provincia, autorizó a Carlos Menem a su intentó de re-reelección. La "re-re" naufragó en los pliegues de la política, que por entonces enfrentaba a Menem con Eduardo Duhalde, y el juez cordobés fue enviado por el Consejo de la Magistratura a un juicio político acusado por "las causales de mal desempeño y presunta comisión del delito de prevaricato, con motivo de la decisión que adoptó en los autos "Carbonetti, Domingo Ángel, Partido Justicialista, Distrito Córdoba c/ Estado Nacional y Convención Constituyente, acción declarativa de certeza, art. 322 del CPCCN". La causal de mal desempeño, sustentada en la falta de independencia del magistrado por sumisión a la voluntad del Presidente de la Nación, se basó en la ignorancia del derecho, debido a los graves errores de que adolecería la resolución impugnada, especialmente el desconocimiento de la supremacía constitucional. La causal de delito cometido en el ejercicio de las funciones se fundamentó en que los graves vicios de la resolución cuestionada -en contra de disposiciones constitucionales y legales- harían incurso al juez en la figura de prevaricato, descripto en el artículo 269 del Código Penal. Pero una vez más, Fierro, zafó. En el año 2000, esparce una vez más su "profundo amor" por las telefónicas anulando un decreto del por aquel entonces presidente, Fernando de la Rúa; en el que se restringía a los medios de comunicación la posibilidad de pagar deudas con la AFIP mediante espacios publicitarios. Los Derechos Humanos no quedaron afuera de su largo curriculum. Bustos Fierro intervino en la denominada "Causa Alsina" por delitos de lesa humanidad donde fueron asesinados 31 detenidxs políticos en dos centros clandestinos en la provincia de Córdoba durante la dictadura cívico-militar-empresarial. También fue denunciado por proteger a Carlos Domínguez Linares, un ex asesor legal del gobierno de facto en la provincia de Formosa, acusado de ejecutar torturas y de formar parte de una asociación ilícita. Pero una vez más Bustos Fierro salió indemne, al igual que de las imputaciones por irregularidades en la tramitación de amparos contra el "corralito financiero" de De la Rúa y Domingo Cavallo. Fue la entonces presidenta Cristina Fernández de Kirchner quien acusó a Bustos Fierro de "dormir" una causa por hurto de un asesor de Mauricio Macri: el representante de la Fundación Pensar del PRO, Mateo Goretti. Pero Fierro siempre se viste de impunidad mientras un manto de protección lo cubre, así, también emitió una cautelar para frenar la elección popular de jueces y autorizó el aumento de las tarifas de Cablevisión.


TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS
CORREO ELECTRONICO
Teléfono: 02323 - 427962
Luján - Provincia de Bs. As.
copyright 2016

Construido por
Lorna
Copyright2020

"La RUEDA se reserva el derecho
de anular los comentarios
que incluyan contenido ofensivo o
sin verdadera identidad del usuario.
Este sitio no se responsabiliza
de los dichos vertidos por los entrevistados-as."