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POLITICA

02 - Feb -2021 - 15:56

EL GOBIERNO DECRETÓ LA EXTENSIÓN DEL CONGELAMIENTO DE ALQUILERES, DESALOJOS Y CONTRATOS

EL GOBIERNO DECRETÓ LA EXTENSIÓN DEL CONGELAMIENTO DE ALQUILERES, DESALOJOS Y CONTRATOS

La Rueda


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El Gobierno Nacional con la publicación en el Boletín Oficial, extiende al DNU 320/2020por sesenta días el vencimiento de alquileres vencidos, el congelamiento de alquileres y la suspensión de los desalojos, y cuya entrada en vigencia opera a partir del 1 de febrero de 2021 y hasta el 31 de marzo de 2021. El nuevo DNU 66/2021, que extiende al 320 dispone: a) Los alquileres que se encuentran alcanzados son: 1) de inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural. 2) De habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares. 3) De inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias. 4) de inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias. 5) De inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria. 6) De inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión. 7) De inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) conforme lo dispuesto en la Ley N° 24.467 y modificatorias, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria. 8) De inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL (INAES). b) "Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2021 la suspensión de la ejecución de las sentencias judiciales de desalojo por la causal de falta de pago de aquellos inmuebles alcanzados por el Decreto". c) "Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2021 el plazo de vigencia de los contratos que hubiesen tenido fecha de vencimiento entre el 20 de marzo de 2020 y de aquellos contratos cuyo vencimiento opere antes del 31 de marzo de 2021". d) "Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2021 el congelamiento de los precios de los alquileres de aquellos inmuebles que se encuentren comprendidos dentro de los alcances de este DNU, no pudiendo materializarse los aumentos que contractualmente habían pactado aplicar a partir del mes de marzo". de 2020. e) "Se extienden las fianzas de aquellos contratos que se encuentren locativos alcanzados por el DNU". f) "Las deudas por falta de diferencia de precio se podrán abonar en un mínimo de 3 y en un máximo de 12 cuotas, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento la primera de ellas, en la misma fecha del vencimiento del canon locativo que contractualmente corresponda al mes de abril de 2021. No se contempla ningún tipo de actualización ni intereses, lo cual, ante le enorme inflación proyectada cercana al 45%, provocará un grave perjuicio al locador". g) "Las deudas derivadas de la falta de pago, en pagos realizados fuera de los plazos contractuales pactados o en pagos parciales, que pudieran generarse hasta el 31 de marzo del año en curso, deberán abonarse en al menos 3 cuotas y como máximo en 12 cuotas, mensuales, iguales y consecutivas, con vencimiento, la primera de ellas, en la misma fecha del vencimiento del canon locativo que contractualmente correspondiere al mes de abril de 2021. A los montos adeudados podrán aplicarse intereses compensatorios, los que no podrán exceder la tasa de interés para plazos fijos en pesos a treinta (30) días, que paga el Banco de la Nación Argentina". h) "Hasta el 30 de septiembre de 2021 la mediación prejudicial en los procesos de ejecución y de desalojo resulta obligatoria y se incentiva la aplicación del esfuerzo compartido para dirimir en dicha instancia las cuestiones que se vinculen con el decreto". La prórroga del congelamiento de alquileres y la suspensión de desalojos habían sido solicitadas por distintas asociaciones que nuclean a inquilinos, los que en algunos casos pidieron incluso que la prórroga vaya más allá de los dos meses fijados por el Gobierno en esta oportunidad.


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