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ECONOMÍA

28 - Jan -2021 - 12:45

EL GOBIERNO AVANZÓ CON LA LEY DE GÓNDOLAS. ¿Cómo se aplicará?

EL GOBIERNO AVANZÓ CON LA LEY DE GÓNDOLAS. ¿Cómo se aplicará?

María Vázquez Falcó
mariafalco.bsas@gmail.com

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Con el objetivo de reducir la inflación, la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo estableció, a través de la Resolución 110/21 publicada hoy jueves en el Boletín Oficial, las primeras especificaciones para la implementación de la "Ley de Góndolas", que tiene como objetivo brindar una mayor oferta en las cadenas de grandes y medianos supermercados posibilitando un trato equitativo con las pymes, cooperativas y emprendimientos de la agricultura familiar. En la resolución la Secretaría de Comercio determina la superficie mínima que deben tener los comercios alcanzados por las disposiciones establecidas por dicha Ley, cuáles serán los productos y cómo estarán conformadas las categorías. También se establece que la "Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores" será la encargada del control y vigilancia de la medida. La superficie mínima de venta al público que deben tener los comercios es de 800 m2, medidos desde la línea de cajas, y descontando los depósitos y espacios exclusivos para su personal. Asimismo, la normativa establece que serán alcanzados por la ley todos los productos alimenticios exceptuando carnes, pescados y mariscos, bebidas, productos de higiene, de cuidado personal y de limpieza del hogar. En lo que respecta a los productos que se comercialicen bajo el programa "Precios Cuidados" quedan excluidos de estas especificaciones y tendrán criterios particulares de exhibición que se darán a conocer en los próximos días. Todos los comercios tienen un plazo de 90 días contados a partir del 15 de diciembre para adaptar sus estructuras a las condiciones que se determinan en esta resolución y así cumplir con las exigencias de la Ley. Cabe destacar que la Ley de Góndolas establece que los comercios alcanzados deberán ofrecer al menos 5 productos de distintas categorías; que la exhibición de los productos de un mismo grupo económico no debe superar el 30% de la superficie en su categoría; que deberán destinar al menos un 25% del espacio de exhibición para productos de pequeñas y medianas empresas; y que como mínimo un 5% del es espacio de las góndolas sea para productos de empresas de agricultura familiar, campesina, indígena y de la economía popular.


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