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POLITICA

16 - Nov -2020 - 13:49

EL GOBIERNO MODIFICÓ LA NORMATIVA PARA TENER UN MEJOR CONTROL DE CALIDAD DE LA YERBA MATE

EL GOBIERNO MODIFICÓ LA NORMATIVA PARA TENER UN MEJOR CONTROL DE CALIDAD DE LA YERBA MATE

María Vázquez Falcó
mariafalco.bsas@gmail.com

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Con la Resolución 379/2020, publicada hoy en el Boletín oficial, el Gobierno modificó la normativa vigente para controlar la calidad de la yerba mate canchada y a partir de ahora regulará la cantidad de palo y polvo que puede haber en los paquetes. "Resulta necesario exigir que la yerba mate canchada que se comercialice en el país cumpla con especificaciones microbiológicas que aseguren la inocuidad de la materia prima, lo que se corresponde con lo establecido por el código alimentario argentino para la yerba mate elaborada", remarca el documento. Los productores deberán informar la cantidad de "palo de descarte" que hay en sus establecimientos y el destino que le darán al mismo. Por otra parte, tendrán que respetar nuevos "requerimientos" durante el proceso de comercialización. El documento, que fue firmado por todas las autoridades del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM), detalla que la medida alcanza a "todos los operadores que efectúen tareas de recepción, transporte y/o secado de hoja verde, sea ésta de origen nacional o importada, independientemente de que la materia prima sea propia o de terceros". El nuevo Control de Calidad indica que la yerba mate no puede "estar alterada y tiene que estar prácticamente libre de materias extrañas, como semillas, bayas y otros vegetales". Por esta razón, las muestras tomadas tienen que arrojar en un examen de tamizado, ciertos porcentajes máximos y mínimos de algunos elementos. La norma autoriza a contener de "palos de yerba mate sobre malla 5 mm. x 70 mm., un máximo de 5,00 %; volumen retenido por tamiz 420 mm, un mínimo de 88,0 % y bajo tamiz 420 mm (malla 40) (polvo de hoja y palo), un máximo de 7,00 por ciento". En tanto, el "total de palo, incluida la fibra cruda", no podrá superar el 35 por ciento. Para un control adecuado, el Gobierno aprobó una Guía de Toma de Muestras y Control específico que, entre otras cosas, señala que las bolsas del producto a analizar "deben ser seleccionadas al azar y encontrarse lo más separadas unas de otras y hallarse en condiciones óptimas, es decir, no poseer roturas, manchas de humedad, entre otras". "La totalidad del palo de yerba mate que se obtenga como subproducto del proceso productivo de elaboración" en los establecimientos secaderos, será considerado como de descarte y deberá ser inutilizado, sin excepción, ante la presencia de los funcionarios del INYM que certificarán la efectiva inutilización del mismo, estando prohibido su transporte y/o comercialización", detalla el escrito. En caso de que las autoridades competentes en el control, detecten que este excedente está siendo vendido o trasladado, al responsable de esta infracción le podrá caber una multa en pesos equivalente a 10.000 kilogramos de yerba mate canchada al precio oficial vigente al momento del pago. Los productores deberán informar "la tenencia de palo de descarte de yerba mate existente al cierre de cada período mensual" mediante la presentación de una declaración jurada on-line que realizará a través del portal web del mencionado Instituto Nacional. Este trámite tiene que hacerse antes de entregar la declaración jurada mensual de movimientos de ingreso, salida y stock correspondiente.


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