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JUSTICIA

23 - Sep -2020 - 18:58

SIN PUF PUF. La justicia archiva la denuncia de Carrió por inexistencia de delito.

SIN PUF PUF. La justicia archiva la denuncia de Carrió por inexistencia de delito.

La Rueda


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El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi archivó por "inexistencia de delito" la denuncia realizada por la ex diputada de Cambiemos, Elisa Carrió, conocida como "Operativo Puf". La ex legislatura denunciaba un plan de ex funcionarios kirchneristas para entorpecer la investigación de la causa de "los Cuadernos". De Giorgi, también, rechazó aceptarla como querellante al considerar que no fue damnificada por una maniobra que "no existió". El fallo sostiene que en las medidas de pruebas que se llevaron adelante "no se desprende la existencia de un accionar que pudiera tildarse delictivo, ni que, como consecuencia de ello, correspondiera atribuirle responsabilidad penal a persona alguna". Por otra parte, el escrito recuerda que la denuncia fue realizada por Mariana Zuvic y Paula Oliveto a pedido de la propia Carrió, quien refirió que había recibido a "su nombre un sobre con la transcripción de escuchas telefónicas verosímiles pero de cuya autenticidad no podemos dar fe", que dan cuenta de una operación en la cual intervienen personas de servicios de inteligencia, el detenido Roberto Baratta y otros, con la finalidad de entorpecer la investigación de la causa judicial de los Cuadernos -caratulada Fernández Cristina y otros s/asociación ilícita” Nº 9608/18- mediante acciones contra el fallecido Juez Claudio Bonadio y el Fiscal Carlos Stonelli. De Giorgi detalló: "Sin embargo, a través de las medidas que se realizaron en esta causa y en la n° 1341/19 del Jugado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 9, así como de las pruebas obtenidas en consecuencia, no puede afirmarse que el trámite de la causa 9608/18, de la secretaría n° 21 de este Juzgado Federal n° 11 (causa "de los cuadernos"), se haya visto perturbado. Tampoco que la maniobra denunciada en este proceso hubiera influido de alguna manera en las decisiones jurisdiccionales que allí que se tomaron". Al respecto, el juez señaló que "de lo expuesto, es posible apreciar que en ambos procesos (es decir, esta causa, y la que tramitara ante el Juzgado Federal n° 9, cuyos objetos de investigación son, prácticamente, idénticos) no se desprende la existencia de un accionar que pudiera tildarse delictivo, ni que, como consecuencia de ello, correspondiera atribuirle responsabilidad penal a persona alguna". "Del desarrollo efectuado, queda descartado que las conversaciones y/o diálogos que se consignaron en ambas causas tuvieran la intencionalidad que se les atribuyó primigeniamente al efectuarse la denuncia. Como también –de haber tenido esa intención- evidentemente, a la luz de lo realmente ocurrido, no han logrado consumar el objetivo supuestamente perseguido de entorpecer el trámite de la conocida como causa de los Cuadernos".


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