Una nueva modificación respecto al pago del Impuesto a las Ganancias regirá a partir del primero de enero de 2022: el mínimo no imponible será $225.937, un 50,62% en relación al período fiscal 2021, definido por el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores/as Estables (RIPTE). La medida fue dispuesta por la AFIP y también exime del pago del Sueldo Anual Complementario a aquellos trabajadores/as cuya remuneración promedio mensual del primer semestre, no supere el piso de los $225.937. La deducción por cónyuge pasará a $235.457,25 anuales, mientras que por cada hijo/a menor a 18 años será de $118.741,97, y llegará a $237.483,94 en el caso de los hijos/as discapacitados/as. Los salarios menores a los 225.937 pesos dejarán de tributar el impuesto a las Ganancias en 2021, y con el objetivo de fortalecer el poder de compra de los asalariados/as, el Gobierno había elevado el mínimo no imponible para el pago de este impuesto en dos oportunidades. La primera fue en junio de este año y la segunda se dio en el mes de septiembre llevando el valor a $175.000.
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